Se sabe que dentro de la Normatividad Mexicana, existen variaciones y modificaciones en tema de regulación sanitaria, es por eso que consideramos importante estar actualizados sobre los nuevos cambios en las Leyes y Normas que los rigen; un ejemplo de ello es la NOM 051
En el presente artículo revisaremos aspectos importantes del cambio a la Fase 3 de la Norma 051, cuales son los nuevos criterios de Evaluación, entidades involucradas, sobre el impacto en Empresas, impacto sobre productos específicos y ventanas de oportunidad para productores e importadores, así como para el mismo consumidor.
¿Cuándo entrará en vigor la fase 3 de la NOM-051?
La fase 3 de la NOM-051- SCFI/ SSA1- 2010 entrará en vigor a partir del 1 de Octubre del 2025, lo cual será emitida por Secretaria de Economía.
Vigencia:
La CCNNPCE deberá analizar todas las NOM cada 5 años a partir de su entrada en vigor, en la cual se revisa, modifica, cancela o ratifican cuando su primer periodo vence en el transcurso del año inmediato anterior.
¿Qué es la fase 3 de la NOM- 051 de la industria alimentaria y sellos de la calidad?
La Fase 3 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 en si es un cambio en los criterios de evaluación de la información nutrimental complementaria, es decir los sellos o Octágonos que provienen de la Modificación de la NOM-051 que tuvimos en 2020. De manera que a los productos se les aplicarán las reglas de manera completa, y los márgenes de evaluación serán mas estrictos.
¿Quién regula la Fase 3 de la NOM-051?
Esta Norma estará bajo vigilancia de la COFEPRIS, la cual se encargara de observar si se está implementando de forma correcta, ya que proporciona protección de la salud de la población mexicana, así como Secretaria de Economía y Secretaria de Salud.
¿Está tu empresa preparada?
Con esta Norma habrá cambios significativos en las regulaciones de etiquetado para productos alimenticios y bebidas no alcohólicas preenvasados en México.
Debido a que estas modificaciones tienen como objetivo proteger al consumidor, pero también representan desafíos para las empresas.
Será obligatorio que las empresas incluyan un nuevo sistema de etiquetado frontal en la esquina superior derecha con sellos octagonales de advertencia.
Cuyo fin sea que para los consumidores tengan la información clara y visible al momento de comprar un producto, así que este tendrá la libertad y responsabilidad de tener un consumo más consciente.
Te proporcionamos el manual de modificación de la fase 3 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, con todas las actualizaciones sobre el etiquetado de productos preenvasados en México. Y una guía par entenderlo mejor.
Haz clic en las siguientes imágenes
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¿Cuáles son los principales cambios que habrá con la FASE 3 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
Con la actualización de la NOM-051 se van a incluir nuevos requisitos para el etiquetado frontal de advertencia. Ya que los productos deben tener más detalle sobre los contenidos calóricos, azucares, grasas, sodio y nutrimentos cítricos añadidos, que contengan los alimentos.
Pero la NOM va a contar con diversos criterios restrictivos en la información nutrimental complementaria que debe de incluirse en la etiqueta de los productos preenvasados que:
- Contengan azúcares libres, grasas o sodio
- El valor de energía, la cantidad de azucares libres de grasa saturada, grasa trans y de sodio
Para ello deben de cumplir con las características de los siguientes perfiles nutrimentales para contemplar los sellos posibles a utilizar de acuerdo el contenido nutrimental de cada producto.
¿Cómo se deben usar los sellos?
De acuerdo con el contenido de los alimentos, si estos exceden los límites establecidos de contenido energético, estas llevaran visiblemente los sellos nutricionales; ya que de esta forma se integrara en el etiquetado 5 sellos de advertencia en forma de octágono.
También incluirán 2 leyendas precautorias:
- Contiene edulcorantes, no recomendables en niños
- Contiene cafeína- Evitar en niños
Además, para los productos mini o pequeños (≤ 5cm2), se utilizarán el número de octágonos según la cantidad de sellos que tenga el producto. Porque también se pretende proteger a los pequeños consumidores.
NOM-051-SCFI/SSA1-2010
Ya que a diferencia de la Fase 2, se evaluaba la norma y se le agregaba la siguiente información comercial:
- Si solo se agregaba Sodio, se evaluaba sólo perfil de Sodio
- Si solo se agregaba azúcar, sólo se evaluaba Calorías y Azúcar
- Si solo se agregaban grasas, sólo se evaluaban las grasas y Calorías
Además de que en esta fase no era obligatorio el cumplimiento de todas las reglas, pero en la fase 3 si será primordial hacerlo.
¿Qué productos pudieran ser los más afectados con la entrada en vigor de la FASE 3 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
Los productos que pudieran tener más impacto en cuanto a la cantidad de sellos y su información nutrimental en sus envases son:
- Productos cárnicos
- Productos lácteos
- Productos de panadería y pastelería
- Bebidas azucaradas
- Snacks y alimentos procesados
- confitería y dulces
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¿Qué oportunidades e impactos hay en la Innovación de productos?
Las empresas de acuerdo con la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 les ofrece áreas de oportunidad para innovar el desarrollo de productos, como por ejemplo en:
- Desarrollo de productos saludables: Pueden crear productos con un nivel menor de nutrimentos cítricos añadidos.
- Etiquetados limpios: Fabricar mejores productos en la medida que tengan menos sellos o para que no los contengan.
- Revisión anticipada de las etiquetas: Verificar si las etiquetas actuales cumplen con los nuevos requisitos y realizar las modificaciones necesarias.
- Capacitación del personal: Asegurarse que las personas encargadas del etiquetado estén al tanto de las nuevas normativas y que sepan aplicarlas correctamente.
- Reformulación de productos: Evaluar si los productos actuales exceden los nutrimentos críticos y su límite, para corroborar que no les toque algún sello adicional.
Impactos positivos al consumidor:
Además, ayudara con la disminución del consumo de productos dañinos para la salud, que puedan ocasionar problemas como diabetes u obesidad, entre otras, como promover el consumo de alimentos mas sanos, mayor transparencia y educación hacia el consumidor.
Impacto económico
Sin embargo, esto podrá tener un impacto económico y competitivo, ya que requerirá más costos para las empresas debido a su cumplimiento y implementación de los nuevos requisitos, pero esto puede ser una oportunidad para diferenciarse en un mercado que es cada vez más consiente de la salud.
¿Qué piensan la SCJN y la COFEPRIS de acuerdo a la fase 3 de la Norma?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaro en el año 2024 que el etiquetado es una medida para proteger los derechos de la salud, la alimentación, la protección de los derechos del consumidor y el interés superior del menor.
Por lo tanto, determinó constitucionalidad de las disposiciones en las que se regula el etiquetado frontal para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados (NOM-051-SCFI/SSA1-2010) establecidas en el artículo 212 de la Ley General de Salud.
Por su parte, la COFEPRIS reconoció la decisión de la SCJN a favor del etiquetado frontal en alimentos y bebidas, indicando que de esta forma respalda todas las medidas sanitarias que permitan a la población tomar decisiones más informadas, con explicaciones claras, y mantiene acciones de vigilancia para garantizar el cumplimiento de esta normativa.
¿Qué implicaciones tiene para los fabricantes la fase 3 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
- Cambios en el Etiquetado: Puede ser costoso y requerir tiempo debido a su cambio para cumplir con los nuevos requisitos
- Sanciones y Multas: Pueden causar multas y sanciones hasta retirar los productos del mercado si se incumple con la norma.
- Impacto en la Imagen de Marca: Los productos que llevan etiquetas de advertencia pueden ser percibidos negativamente por los consumidores preocupados por la salud.
¿Qué multas y sanciones puedo tener si incumplo con la Norma?
De acuerdo con Javier Zúñiga coordinador del poder del consumidor menciona que “se trata de multas a los productos que pueden incluir su retiro de ventas si incumple con las normativas del empaque y en algunos casos a las tiendas que no cumplan con la vigilancia de la NOM-051, pues no estaría dándole la información adecuada al consumidor”
Además, que los organismos a cargo de vigilar y multar son la PROFECO y la COFEPRIS.
En la cual estas son las multas más comunes por incumplimiento de la Norma 051
Motivo de Multa o Sanción | Monto por pagar |
Porque el producto incumpla con los sellos, personajes y dibujos infantiles | De los $53,772 a los $806,580 |
Engañar al consumidor y hacerlo inducir en error | $20689 a $1.3 millones de pesos |
Importaciones que sean prohibidas y evaluaciones alteradas | $537,720 hasta los $2.7 millones de pesos |
Violar suspensiones y clausura | $3,585 hasta los $537,720 pesos |
No se proporciona a la autoridad en tiempo y forma la información del producto, como la falta del documento que compruebe el cumplimiento de la NOM-051, otorgado por la Unidad Verificadora Acreditada | $20,689 a $358,480 pesos |
¿Qué significa que un producto tenga más Sellos?
Estos principalmente tienen el fin de proteger a los consumidores tanto a los adultos como a los más pequeños, como a los niños y a las niñas.
¿Pero qué significan estos sellos?
Para comprender esto, cada sello comprende ingredientes que contiene el producto, por lo cual se colocan los sellos acordes si excede con alguno de los límites de sodio, azucares, grasas trans, grasas saturadas y edulcorantes.
Pero cabe mencionar que hay productos que no tienen sellos, pero no hay que dejar de lado los ingredientes que este tiene, ya que hay productos que tienen sellos y estos pueden ser mejor que los que no tienen. A pesar de eso puede que un producto puede tener muchos sellos y puede que sea dañino y otros puede que no, ya que hacen más consientes al consumidor del contenido del alimento que están consumiendo.
Otro dato importante es que, de acuerdo con el gramaje de los productos, considerando que los sellos consideran los 100 gramos, entonces hay productos que pueden ser más dañinos cuando sobrepasan de esto.
También es importante pensar que los sellos nos pueden traer beneficios porque:
- Ayuda a tomar una decisión de compra más informada, para decidir si es sano o no consumir un producto en específico.
- Informa de manera fácil, rápida y verídica sobre los nutrimentos
- Permite comparar el contenido específico de un nutrimento de un producto, con uno o más productos similares
- Advierte de ingredientes que son malos para la salud
Representación de la Norma de la fase 3
La Fase 3 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 representa un desafío y una oportunidad para la industria alimentaria en México. Con la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la COFEPRIS confirmando que no habrá cambios en esta normativa, las empresas deberán cumplir con los criterios establecidos a partir del 1 de octubre de 2025.
Esta etapa, centrada en proteger la salud del consumidor con mayor transparencia y etiquetado claro, aunque implica costos de reformulación y rediseño de empaques, también fomenta la innovación y la creación de productos más saludables y competitivos.
Si necesitas asistencia para cumplir con estas normativas, solicita asesoría en CESCA TRADE; estamos aquí para ayudarte.
Información obtenida de: https://elceo.com/negocios/empresas-se-enfrentaran-a-multas-de-hasta-1-3-millones-de-pesos-por-incumplir-nuevo-etiquetado/ https://ggpconsultores.com/que-es-la-nom-051/ https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4010/seeco11_C/seeco11_C.htm https://www.gob.mx/salud/en/documentos/normas-oficiales-mexicanas-9705#:~:text=Las%20NOM%20en%20materia%20de,al%20d%C3%ADa%20siguiente%20de%20su https://www.gob.mx/promosalud/acciones-y-programas/etiquetado-de-alimentos