Cuando una empresa decide importar o fabricar un producto en México, muchas veces se concentra en los costos, la logística, los tiempos de entrega, retenciones en aduanas o la calidad del producto. Sin embargo, un elemento que suele pasarse por alto —hasta que es demasiado tarde— es el cumplimiento del etiquetado conforme a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM). Al identificar la NOM que necesitas, sabrás si necesitas etiquetado, certificado, dictamen o constancia.
Las NOM son requisitos legales obligatorios que definen cómo deben presentarse, etiquetarse y —en algunos casos — certificarse los productos que se comercializan en México. No cumplir con estas regulaciones puede generar consecuencias graves: desde la retención de tu mercancía en aduana, hasta multas, destrucción de productos, clausuras o pérdidas económicas irreversibles.
Este artículo es una guía completa para ayudarte a entender qué pasa si tus productos no llegan correctamente etiquetados, por qué el cumplimiento de las NOM es tan importante, qué tipo de productos están obligados a cumplirlas, qué autoridades están involucradas, y qué puedes hacer —de forma preventiva o correctiva— para evitar cualquier sanción.

Está dirigido a:
- Importadores de productos terminados o materias primas.
- Empresas nacionales que fabrican y distribuyen productos en México.
- Distribuidores, comercializadores, tiendas físicas y en línea.
- Asesores logísticos, agentes aduanales, unidades de inspección y responsables de cumplimiento.
En otras palabras: si vendes un producto que puede ser tocado, comido, usado o consumido por una persona, necesitas conocer las NOM.
¿Qué son las NOM y qué productos las requieren?
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son regulaciones técnicas de cumplimiento obligatorio que establecen requisitos mínimos de calidad, seguridad, etiquetado e información para productos, procesos o servicios. Son emitidas por diversas dependencias federales —como la Secretaría de Economía, COFEPRIS o la STPS— y deben ser observadas tanto por empresas nacionales como extranjeras.
Su objetivo principal es:
- Proteger al consumidor final (salud, seguridad, información veraz).
- Garantizar la calidad de los productos que circulan en el mercado (esto lo certifican por medio de la emisión de documentos, ya se por constancia o por dictamen).
- Establecer condiciones parejas para la competencia comercial.
- Prevenir riesgos a la salud pública, al medio ambiente y a la seguridad.
¿Qué productos deben cumplir con NOM?
En general, todos los productos que se importen o se fabriquen en México estén sujetos a revisión normativa. Sin embargo, los que más frecuentemente tiene NOM aplicables son:
Categoría de producto | Ejemplos | NOM´s frecuentes |
---|---|---|
Alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas | Galletas, jugos, cereales, leche, suplementos. | NOM-051, NOM-173 |
Electrónicos y electrodomésticos. | Lámparas, refrigeradores, cargadores, televisores. | NOM-024 |
Cosméticos y productos de higiene. | Cremas, jabones, champús. | NOM-141 |
Textiles y calzado. | Ropa, sábanas, zapatos, mochilas. | NOM-004, NOM-020 |
Juguetes y artículos infantiles. | Juguetes, carritos, muñecas. | NOM-015 |
Productos inflamables | Pintura, aerosoles, aceites. | NOM-003, NOM-116, NOM-055, NOM-142 |
Bebidas alcohólicas. | Cervezas, vino, licores. | NOM-142 |
Además de etiquetado, muchas NOM implican pruebas de laboratorio, documentos técnicos, o evaluaciones de conformidad (Constancia y Dictamen) por parte de Unidades de Inspección o laboratorios acreditados.
Puedes consultar si una fracción arancelaria tiene NOM aplicable en el SNICE 🔎.
Tipos de NOM que aplican al etiquetado
No todas las NOM son iguales ni aplican del mismo modo. Para efectos prácticos, especialmente en comercio exterior, se dividen en dos grandes categorías que afectan el etiquetado de productos.
NOM´s de Información Comercial
Estas normas exigen que los productos presenten información clara, visible, veraz y en español en su etiqueta o empaque. No buscan evaluar la calidad del producto en sí, sino la información que se le presenta al consumidor.
Ejemplos de lo que debe incluir la etiqueta de tus productos:
- Nombre del producto
- Ingredientes o materiales
- Advertencias (alérgenos, riesgos, etc.)
- Instrucciones de uso o conservación
- País de origen
- Razón social y domicilio del fabricante o importador
- Símbolos sanitarios o comerciales exigidos por la norma

Algunas NOM destacadas:
- NOM-050-SCFI-2004 – Etiquetado general de productos
- NOM-051-SCFI/SSA1-2010 – Etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas
- NOM-004-SCFI-2006 – Etiquetado de productos textiles y ropa
- NOM-015-SCFI-2007 – Etiquetado para juguetes
- NOM-141-SSA1/SCFI-2012 – Etiquetado para productos cosméticos
NOM´s de productos o sanitarias
Estas normas evalúan el producto en sí: sus materiales, su comportamiento físico o químico, su seguridad, su resistencia, o su impacto en la salud pública. En general, exigen pruebas técnicas, certificados de laboratorio o dictámenes especializados.
Características:
- Requieren pruebas físicas, químicas o eléctricas.
- Se aplican a productos de mayor riesgo sanitario o de seguridad.
- Suelen necesitar una certificación antes de la importación o comercialización.
Ejemplos:
- NOM-003-SSA1-2006 – Pinturas y recubrimientos
- NOM-189-SSA1/SCFI-2018 – Suplementos alimenticios
- NOM-173-SSA1-1998 – Bebidas no alcohólicas
- NOM-116-SCFI-1997 – Lubricantes para motores
¿Qué pasa si no cumples con el etiquetado NOM?
El incumplimiento de las NOM, especialmente en materia de etiquetado, es una de las principales causas de retención de mercancías en aduanas mexicanas. Y no solo eso: también puede impedir que tus productos sean distribuidos, exhibidos o vendidos, incluso si son de fabricación nacional.

Retención en aduana
Al momento de ingresar al país, si tu producto no cumple con la NOM correspondiente o no está etiquetado como lo exige la norma, el SAT puede detener la operación en automático.
Esto implica:
- Se levanta un acta administrativa.
- El producto queda retenido en recinto fiscalizado (puerto, aeropuerto o almacén de aduana).
- No se permite distribuir, sacar de aduana, comercializar ni mover el producto.
Multas económicas
La autoridad puede imponer sanciones que varían según el valor y tipo de producto. Por ejemplo:
- Multas del 2% al 10% del valor comercial de la mercancía.
- Cargos por almacenamiento, inspección o custodia en aduana.
- Recargos e intereses si no se libera en el plazo indicado.
Estas multas se suman a los costos logísticos que tú debes cubrir mientras solucionas el incumplimiento (por ejemplo: maniobras, etiquetado urgente, contratación de unidades de inspección, etc.).
Retrasos en la cadena de suministro
El tiempo que pasará tu mercancía retenida puede variar entre:
- 5 y 30 días hábiles, si puedes comprobar en aduana su cumplimiento.
- Más de 45 días, si necesitas dictamen, reetiquetado o intervención legal.
Esto puede:
- Romper tus acuerdos de entrega.
- Provocar desabasto en tiendas o almacenes.
- Generar pérdidas por mercancía perecedera.
- Dañar tu imagen ante distribuidores o marketplaces.
Destrucción, reexportación o donación
Si no solucionas el incumplimiento dentro de los plazos legales:
- La mercancía puede ser donada a dependencias públicas (como DIF o IMSS).
- O puede ser reexportada, con todos los gastos a tu cargo.
- En casos graves o reincidentes, puede ser destruida bajo supervisión fiscal.
Esto aplica cuando no se puede acreditar ni regularizar el cumplimiento de la NOM aplicable.
Suspensión de derechos como importador
Si usas la modalidad de cumplimiento en territorio nacional (AGD o domicilio particular) y no cumples en tiempo o forma, las consecuencias son:
- 1 omisión: suspensión para transmitir información por 1 semana
- 3 omisiones: suspensión por 1 mes
- Incumplimiento: no podrás usar esa alternativa por 12 meses
Esto te obliga a etiquetar desde origen o pagar por cumplimiento más costoso, con menor flexibilidad y mayores exigencias.
Sanciones para producción nacional
PROFECO puede:
- Retirar el producto del mercado
- Imponer multas por publicidad engañosa o falta de información
- Clausurar temporal el punto de venta
- Imponer arresto administrativo hasta por 36 horas en caso de reincidencia
Daño reputacional
Las empresas que incumplen:
- Aparecen en los listados de sanciones de PROFECO
- Pueden ser vetadas por marketplaces (como Amazon, Mercado Libre, Chedraui, Walmart, etc.).
- Pierden confianza con distribuidores, retailers y clientes

Recuperar una imagen dañada por incumplimiento normativo toma años y puede costarte contratos, licitaciones o alianzas estratégicas. Por ello te recomendamos que tengas la información suficiente e tiempo, asegúrate de capacitar a tus empleados, colaboradores y siempre cuenta con tu dictamen o constancia a la mano.
¿Cómo sí se puede cumplir con el etiquetado NOM?
El cumplimiento del etiquetado NOM no es solo una obligación legal: es una parte estratégica de la operación comercial. Cumplir a tiempo con esta regulación puede evitarle demoras, gastos innecesarios y complicaciones en la cadena de suministro. Existen tres formas válidas de cumplir con las NOM de información comercial: etiquetado en origen, etiquetado en un almacén general de depósito (puede ser dentro de aduana), y etiquetado en domicilio particular.
La forma más directa y recomendada es el etiquetado en origen, es decir, antes de que el producto cruce la frontera mexicana. En este esquema, el proveedor o fabricante realiza el etiquetado conforme a la norma correspondiente en el país de fabricación. La etiqueta debe estar en español y contener todos los elementos requeridos por la NOM aplicable. Esta vía permite una liberación rápida en aduana, ya que, al presentar la etiqueta completa, el cumplimiento se puede acreditar con una constancia emitida por una Unidad de Inspección (UI) o mediante una revisión visual por parte de la autoridad aduanera. Esta modalidad es ideal para operaciones estables o cuando se tiene un proveedor de confianza y bien capacitado en temas regulatorios.
Cuando no se etiquetó desde el origen, la autoridad mexicana permite cumplir con la norma en territorio nacional. Una de las formas es a través de un AGD, donde la mercancía se almacena bajo régimen de depósito fiscal. Antes de liberarla al mercado, el importador realiza el etiquetado dentro del almacén y una Unidad de Inspección verifica su conformidad. Este modelo es útil para quienes desean tener mayor flexibilidad logística o para quienes manejan grandes volúmenes de importación con operaciones recurrentes.
Etiquetado en domicilio particular
Existe también una tercera opción: el etiquetado en domicilio particular, permitida únicamente para importadores con cierto perfil. La autoridad exige que la empresa tenga al menos dos años de antigüedad en el padrón de importadores y que haya importado por lo menos $100,000 USD en los últimos doce meses. En este esquema, se traslada la mercancía a un domicilio bajo resguardo y una UI verifica en sitio que el etiquetado se haya realizado conforme a la norma. El etiquetado debe completarse en un plazo máximo de 30 días naturales. Esta vía otorga cierta flexibilidad, pero implica mayor responsabilidad y control, ya que, si no se cumple en tiempo o forma, el importador puede quedar inhabilitado para volver a usar esta alternativa durante un año.

Como regla general, la decisión de cómo cumplir con el etiquetado NOM debe tomarse desde antes de la importación. Improvisar en aduana, o dejar el tema como una tarea secundaria, suele derivar en costos y problemas mayores.
Constancia o Dictamen: ¿Cuál necesito?
Cuando se trata de comprobar el cumplimiento de una NOM de etiquetado, muchas empresas se enfrentan a la duda de si necesitan una constancia de conformidad o un dictamen técnico. Aunque ambos documentos validan el cumplimiento normativo, su aplicación es muy distinta y dependen del momento en el que se quiera acreditar dicho cumplimiento.
Constancia de Conformidad
La constancia de conformidad se utiliza cuando el etiquetado ya está presente en el producto antes de ingresar al país. Es decir, si el proveedor o fabricante ha etiquetado correctamente los productos desde origen y se desea tener una garantía formal de que esa etiqueta cumple con lo que exige la NOM aplicable, entonces se solicita a una Unidad de Inspección que revise y emita la constancia. Esta revisión puede ser documental o física, dependiendo del tipo de producto y de la UI seleccionada. Esta constancia puede presentarse en el pedimento de importación, lo que facilita un despacho más ágil y reduce el riesgo de revisión o retención en aduana.
Dictamen de Cumplimiento
En cambio, el dictamen de cumplimiento aplica cuando el producto no fue etiquetado antes del ingreso y se planea hacerlo en México, ya sea en un GD o en un domicilio particular. En este caso, una vez que se haya realizado el etiquetado, la Unidad de Inspección debe visitar físicamente el lugar donde se encuentra la mercancía y verificar que las etiquetas colocadas cumplan con lo que establece la norma correspondiente. Si todo está orden, se emite el dictamen, que puede presentarse ante la autoridad para liberar productos retenidos o demostrar cumplimiento posterior.
Ambos documentos son válidos y útiles, pero no intercambiables. La elección entre uno u otro dependerá de la anticipación con la que se aborde el cumplimiento normativo. Si puedes controlar el etiquetado desde origen, la constancia es más práctica; si necesitas resolverlo una vez que la mercancía ya está en México, el dictamen será necesario.
¿Quién puede sancionarte por no cumplir con las NOM?
El cumplimiento del etiquetado NOM es vigilado por diversas autoridades, cada una con su enfoque particular según el tipo de producto, el canal de distribución y el momento del proceso en el que se detecta el incumplimiento. Es importante saber que tanto importadores como fabricantes nacionales pueden ser sancionados, y que las sanciones no solo se limitan a multas; también pueden incluir la inmovilización de mercancía, clausura de puntos de venta, y en casos graves, el decomiso o destrucción de productos.
Principales autoridades involucradas
- PROFECO (Procuraduría Federal del Consumidor): Es la más activa en sancionar incumplimientos relacionados con la información al consumidor. Si un producto se encuentra en anaquel, tienda en línea o canal de venta sin etiquetado conforme a la NOM, PROFECO puede retirar el producto, multar a la empresa, y ordenar medidas correctivas inmediatas. Las inspecciones de PROFECO no solo enfocan en productos importados, sino también en los fabricados y comercializados en México.
- COFEPRIS (Comisión Federal para l protección contra Riesgos Sanitarios): Su función se centra en productos que pueden afectar la salud pública. Esto incluye alimentos, bebidas, cosméticos, suplementos alimenticios, medicamentos y más. Si un producto de este tipo no cumple con el etiquetado sanitario requerido, COFEPRIS puede inmovilizarlo o incluso ordenar su destrucción.
- Secretaría de Economía: Aunque no sanciona directamente, es la responsable de definir, publicar y administrar las NOM. Trabaja de forma coordinada con el SAT y las Unidades de Inspección para regular la entrada de mercancía al país conforme al Anexo 2.4.1.
- SAT y Aduanas (ANAM): Al momento de importar, estas entidades verifican si el producto tiene etiquetado y si cumple con la norma aplicable. SI no es así, detienen la operación, aplican multas y remiten el caso a la autoridad competente para seguimiento.





Las sanciones pueden ser económicas, pero también operativas. Es decir, no solo te afectan en el bolsillo, sino que pueden frenar tu operación comercial durante días o semanas. Además, si se acumulan faltas, el importador o la empresa puede ser suspendida del padrón o quedar inhabilitada para operar bajo ciertas modalidades de cumplimiento.
¿Y si fabrico o vendo en México?
El cumplimiento del etiquetado NOM no es exclusivo para mercancía importada. Las empresas que fabrican, distribuyen o comercializan productos dentro del país también están obligadas a cumplir con las normas correspondientes. Esta obligación aplica desde la producción nacional hasta el punto de venta, incluyendo el comercio electrónico.
En el caso de productos nacionales, las etiquetas deben cumplir con los mismos requisitos: estar en español, contener información veraz, incluir advertencias sanitarias si aplican, y mostrar claramente los datos del fabricante o responsable del producto. Si un producto nacional no cumple con estas normas, puede ser sancionado de igual forma que uno importado.
PROFECO es quien más frecuentemente realiza estas inspecciones. Puede visitar tiendas físicas, bodegas, ferias comerciales e incluso revisar tiendas en línea. En plataformas como Amazon, Mercado Libre o Walmart en línea, el incumplimiento del etiquetado puede provocar el retiro del producto del catálogo o incluso la suspensión de la cuenta del vendedor.

No importa si vendes localmente, si tu producción es artesanal o si distribuyes solo en tu estado: si el producto está destinado al consumidor final, debe estar correctamente etiquetado bajo la NOM que le aplique. Ignorar esto pone en riesgo tu reputación, tu operación y hasta la continuidad de tu negocio.
Recomendaciones prácticas
Para evitar errores costosos y sanciones innecesarias, es fundamental integrar el cumplimiento de las NOM como parte natural de tu proceso logístico y comercial. No debe verse como un trámite posterior o aislado, sino como una etapa más de la operación, tan importante como la negociación con el proveedor o el embarque.
Aquí algunas recomendaciones clave:
- Consulta la fracción arancelaria en el portal SNICE.
Esta herramienta oficial te permite verificar si tu producto tiene una NOM aplicable desde el punto de vista comercial o sanitario. Si la tiene, sabrás si necesitas etiquetado, certificado, dictamen o constancia. - Etiqueta desde origen si puedes.
Esto no solo reduce costos y tiempos, sino que evita los riesgos asociados a reetiquetado, inspección y detenciones. Pero no improvises: asesórate para que la etiqueta cumpla con lo exigido antes de llegar a aduana. - Si etiquetas en México, hazlo dentro del marco legal.
Usa un AGD autorizado, si tienes el perfil, opta por el etiquetado en domicilio particular. Solo recuerda que esta opción tiene reglas estrictas y sanciones si incumples. - Trabaja con una Unidad de Inspección Acreditada.
No todas las UI´s tienen la misma experiencia o tiempos de respuesta. Busca una con trayectoria, buen soporte técnico y disponibilidad real. - Asegúrate de documentar cada paso.
Guarda copias de contratos, copia de dictamen o dictámenes, constancias, pedimentos y etiquetas aprobadas. En caso de revisión, poder demostrar que actuaste con diligencia puede marcar la diferencia.

Cumplir con las NOM es más que una obligación: es una señal de que tu empresa está comprometida con la legalidad, la seguridad del consumidor y la excelencia operativa. Hacerlo bien te protege, te posiciona y te permite crecer de forma sostenible.
El cumplimiento NOM como parte estratégica del negocio
Cumplir con el etiquetado conforme a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) no es una opción ni un mero requisito administrativo: es una obligación legal, una práctica responsable y, sobre todo, una herramienta estratégica para cualquier empresa que quiera importar, fabricar o comercializar productos en México de forma segura y profesional.

Las consecuencias de no cumplir son reales, costosas y en muchos casos, irreversibles. Una mercancía detenida en aduana, una multa inesperada, la pérdida de acceso a plataformas de ventas o el retiro de un producto del mercado pueden representar no solo un tropiezo logístico, sino una crisis comercial, operativa o reputacional.
Pero también es cierto que cumplir no es difícil cuando se planifica desde el inicio. Entender qué NOM aplica a tu producto, cómo cumplirla desde origen o en territorio nacional, y con qué documentos respaldar tu operación, es decir, saber identificar si necesitas una Constancia o un Dictamen; te coloca varios pasos adelante en tu industria. Y si además cuentas con asesoría especializada y un equipo capacitado, el cumplimiento se vuelve parte de tu ventaja competitiva.
Importar o vender en México sin conocer la NOM que aplica a tus productos es operar a ciegas. Esta guía tiene como objetivo ayudarte a encender la luz: para que sepas dónde estás, que te falta y como cumplir de forma informada, preventiva y rentable.
Si tienes dudas sobre cómo aplicar esto a tu producto específico, lo más recomendable es consultar con una Unidad de Inspección Acreditada o con tu agente aduanal de confianza. Ellos podrán ayudarte a tomar decisiones más seguras y evitar problemas antes de que sucedan. Ten todo bajo control antes de tu llegada a aduana.