Estándares de la NOM-142-SSA1/SCFI-2014: Bebidas Alcohólicas

Estándares de la NOM-142-SSA1/SCFI-2014: Bebidas Alcohólicas

En el mundo de las bebidas alcohólicas, la calidad y la seguridad son aspectos primordiales para los consumidores y la industria.

Es aquí donde entra la NOM-142-SSA1/SCFI-2014, una regulación que establece las especificaciones que deben cumplir los productos para ser comercializados en México.

NOM-142-SSA1/SCFI-2014

La normativa tiene por objeto establecer las especificaciones sanitarias y disposiciones de etiquetado sanitario y comercial de las bebidas alcohólicas. Es de observancia obligatoria en todo el país y quedan exceptuados de su aplicación los productos para exportación.

Clasificación de bebidas según la Norma de Bebidas Alcohólicas

La NOM-142 categoriza las bebidas alcohólicas según sus propias características y procesos de elaboración:

  • Bebida alcohólica destilada. El producto obtenido por destilación de líquidos fermentados que se hayan elaborado a partir de materias primas vegetales.
  • Bebida alcohólica fermentada. Es el resultado de la fermentación alcohólica de materias primas de origen vegetal, pueden adicionarse ingredientes y aditivos, con contenido alcohólico de 2,0 hasta 20,0 % grados de alcohol. 
  • Bebidas alcohólicas preparadas. Son los productos elaborados a base de bebidas alcohólicas, destiladas, fermentadas, licores o mezclas de ellos y agua, aromatizados o saborizados.
  • Cóctel. El producto elaborado a partir de bebidas alcohólicas destiladas, fermentadas, licores, espíritu neutro, alcohol y agua, aromatizados o saborizados con procedimiento específicos y que pueden adicionarse de otros aditivos.
  • Licor o crema. Producto elaborado a base de bebidas alcohólicas destiladas, espíritu neutro, alcohol de calidad, con un contenido no menor de 1,0% de azúcares totales y agua, aromatizados o saborizados.

Además, establece especificaciones detalladas sobre ingredientes, aditivos y procesos como la micro-oxigenación, asegurando la calidad y autenticidad de los productos.

Por ejemplo, la materia prima para su elaboración, permite el uso de alcohol etílico de origen vegetal sin exceder las especificaciones:

ESPECIFICACIONESLÍMITE MÁXIMO mg/100ml de alcohol anhidro
Metanol100,0
Aldehídos30,0
Furfural5,0
Alcoholes superiores200,0
*Tabla de límite máximo de alcohol anhidro en bebidas alcohólicas preenvasadas.

En el caso de las bebidas alcohólicas destiladas, deben provenir de mosto(s) de origen vegetal. Por otro lado, los vinos pueden utilizar viruta y técnicas de micro-oxigenación bajo condiciones específicas. La micro-oxigenación se realiza después de que el vino ha completado su fermentación alcohólica.

NOM-142-SSA1/SCFI-2014 sobre Bebidas Alcohólicas

De la autenticidad de las bebidas alcohólicas

Se debe demostrar que el producto objeto no ha sido adulterado en el proceso de elaboración, envasado o de comercialización. Por tal motivo, debe llevar un registro actualizado de por lo menos, los siguientes documentos:

  • Facturas o documentos que comprueben la adquisición de materias primas.
  • Documentos que comprueben los movimientos de producto terminado y en proceso.
  • Inventarios de materias primas y producto terminado, incluyendo el producto sometido a procesos de maduración o envasado.
  • Esta documentación deberá conservarse por lo menos 2 años.

Etiquetado para la NOM-142-SSA1/SCFI-2014

También establece requisitos estrictos para el etiquetado, garantizando que los consumidores tengan acceso a información clara y precisa sobre lo que están consumiendo

Las bebidas alcohólicas deben presentar una etiqueta que contenga la descripción de lo que es el producto; ya sea por medio de palabras, representaciones gráficas o ilustraciones. Esto les permite conocer la sugerencia de uso o el empleo, siempre y cuando incluya una leyenda pertinente al respecto.

  • Las etiquetas deben estar fijadas de manera que permanezcan disponibles hasta el momento de su uso y consumo en condiciones normales.
  • Contar con el nombre o la denominación genérica del producto, graduación alcohólica y la marca comercial.
Bebidas Alcohólicas

La información sobre estos productos debe estar disponible en español. Si el productor lo desea, también puede agregar información en otros idiomas

De igual manera, hay un par de requisitos obligatorios con los que se debe contar: 

  • Nombre o denominación genérica y marca comercial del producto.
  • País de origen.
  • Identificación de Lote.
  • Fecha de consumo preferente.
  • Contenido alcohólico (Por ciento de alcohol en volumen).
  • Lista de ingredientes.
  • Leyendas precautorias: (“EL ABUSO EN EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO ES NOCIVO PARA LA SALUD”).

La información comercial será adaptada según el tipo de bebida alcohólica de la que se trate. Por ejemplo, en el Brandy, se incluirá la palabra “Brandy” en forma ostensible y la leyenda “100% de uva”.

Envasado y embalaje

La normativa no deja ningún detalle al azar, incluso abordando el tipo de envase y embalaje permitido para garantizar la seguridad y la integridad del producto desde la producción hasta el consumo

En los envases, es necesario manejar recipientes que sean elaborados con materiales que pueden ser resistentes e inocuos; esto es para que en las etapas del proceso, no reaccionen con el producto o alteren sus características físicas, químicas y sensoriales.

Para el embalaje, los materiales deben ofrecer una protección resistente a los envases para evitar el deterioro exterior, pero sin quitar la facilidad de almacenamiento, distribución y manipulación.

Símbolos para las Bebidas Alcohólicas

Es de suma importancia conocer los símbolos que se encuentran en las botellas de bebidas alcohólicas para saber su adecuado consumo; para ello, existen 3 distintos:

Símbolo de prohibición de consumo en menores de 18 años para bebidas alcohólicas

Prohibición de consumo en menores de 18 años

Prohibido el consumo por mujeres embarazadas

Símbolo de prohibido el consumo por mujeres embarazadas de la NOM-142
Símbolo de no conducir bajo los influjos del alcohol

No conducir bajo los influjos del alcohol

Información clave y especificaciones tomadas de la NOM

La NOM-142-SSA1/SCFI-2014 no solo es una regulación, sino un compromiso con la calidad y la seguridad en la industria de las bebidas alcohólicas. Al establecer estándares rigurosos y claros, garantiza que los consumidores puedan disfrutar de productos de alta calidad, mientras que los productores cumplen con las normas éticas y sanitarias más exigentes.

Si estas interesado o te encuentras dentro de la industria, puedes visitar nuestro blog sobre los “Certificados de Origen para Tequileros“.

Los requisitos y especificaciones son proporcionadas por la respectiva NOM, no pierdas ningún detalle y consulta la NOM-142-SSA1/SCFI-2014 completa.