Certificación de Etiquetado para alimentos y productos

Certificación de etiquetado: aprende a no necesitarlo

Si alguna vez te has preguntado ¿Qué tipo de mercancía son las más fáciles de cruzar por aduana? O ¿Cómo buscar una oportunidad en el mercado? Incluso si alguna vez puedo tener problemas con la autoridad aduanera porque te piden un montón de trámites para la Certificación de Etiquetado de productos que ningún proveedor tiene.

Te guiaremos para que conozcas cómo estos procesos impactan en tu proceso de importación, desde la emisión del pedimento de importación hasta la publicación de normativas en el Diario Oficial de la Federación. Así podrás aprovechar las excepciones que te permitirán agilizar tus operaciones comerciales sin complicaciones.

Es crucial conocer que existen excepciones en la certificación de productos según las normativas generales. En este artículo, te explicaremos cómo las Unidades de Inspección y de Verificación juegan un papel clave en el proceso. También te hablaremos sobre la Constancia de Conformidad y el Dictamen de Cumplimiento, documentos necesarios para asegurar que tu mercancía cumple con los requisitos establecidos por la Secretaría de Economía.

Certificación de etiquetado y optimización de  proceso de importación

¿Cuál es el fundamento para solo hacer revisión de Etiquetado?

Esto tiene base en un documento llamado: “Acuerdo por el que Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de información comercial”, que se encuentra publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Además, se encuentra un apartado que menciona el tipo de productos que necesitan que sus etiquetas cumplan con lo establecido a la NOM, y también que mercancías sí necesitan comprobar el cumplimiento de la norma por medio de un documento oficial o una certificación de etiquetado. Que así mismo, debe de ser emitido por una Unidad de Inspección Acreditada.

Además, si lo revisamos, en el punto 2.4.8 se dice que para las mercancías enlistadas en el numeral 3 del Anexo 2.4.1. también, se exigirá que las etiquetas o medios adheribles contengan la información establecida en la NOM.

Y que las mercancías de las fracciones I, II, III, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII, el importador deberá comprobar el cumplimiento de las NOM¨S de información comercial, ya sea con Constancia de Conformidad o Dictamen de Cumplimiento.

¿Qué quiere decir esto de acuerdo con la certificación de etiquetado?

De aquí se puede discernir que las mercancías que no estén numeradas en las fracciones antes mencionadas solo deben ser etiquetadas y no necesitarán de un documento que certifique su cumplimiento.

A continuación, te mencionamos todas las fracciones:

I. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SCFI-2006. Información Comercial-Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa.

II. Norma Oficial Mexicana NOM-020-SCFI-1997. Información Comercial-Etiquetado de cueros y pieles.

III. Norma Oficial Mexicana NOM-024-SCFI-2013. Norma para empaques, instructivos y garantías de productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos.

IV. Norma Oficial Mexicana NOM-139-SCFI-2012. De extracto natural de vainilla.

V. Norma Oficial Mexicana NOM-055-SCFI-1994. Materiales retardantes y/o inhibidores de flama y/o Ignífugos.

VI. Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA1-2006. Norma para el etiquetado de pinturas, tintas, barnices, lacas y esmaltes.

VII. Norma Oficial Mexicana NOM-235-SE-2020. Norma de Atún y bonita.

VIII. Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010. Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas.

IX. Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004, Información Comercial-Etiquetado general de productos.

X. Norma Oficial Mexicana NOM-142-SSA1/SCFI-2014, Bebidas alcohólicas.

XI. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SCFI-2007. Para juguetes, publicada en el DOF el 17 de abril de 2008.

¿Cuándo tengo que contactar con una unidad de inspección para tener mi certificación de etiquetado?

Si observas las fracciones IV, V, VI, XIV, que son las faltantes, estas mercancías deben de estar etiquetadas conforme a su norma respectiva al momento del despacho aduanero, así que podríamos decir que en estos casos tiene menos dificultad importarlas que otros productos.

¿Cuándo necesito una Constancia de Conformidad o el trámite de UVA?

Cuando en el pedimento de importación de tu mercancía de las fracciones que, si están numeradas, es decir I, II, III, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII. Es necesario un documento que compruebe la evaluación de la conformidad conforme a lo establecido en la Norma aplicable.

En este caso puede ser previo al despacho aduanero por medio de una Constancia de Conformidad que esta ayudará a comprobar que tu producto cuenta con una certificación en el etiquetado. La cual se tramita una vez por producto y se hace de manera remota. Entonces, cambia en caso de que el producto sea modificado, o bien, por medio de un Dictamen de Cumplimiento, que se obtiene cuando la Unidad de Inspección Acreditada hace una inspección en sitio de la mercancía, este trámite se hace por cada importación.

Conclusión:

Existen muchos tipos de productos que son más fáciles de importar, o que causan menos inconvenientes que otras. Sin embargo, es importante que se sepa en qué casos se necesitan los trámites más específicos, como la certificación de etiquetado, que cuyo fin es hacer más ágiles las operaciones aduanales. Hay mercancías como las pinturas, tortillas o masas, que son el simple hecho de estar etiquetadas, es suficiente para comprobar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas.

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